¿Que es el derecho y cual es la relación con la ética?
Derecho:
La palabra derecho de entiende como el conjunto de normas
de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a fin de solventar
cualquier conflicto de relevancia jurídica que origine; estas normas son
impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción.
Tipos de derechos:
° Derecho efectivo o positivo.
° Derecho subjetivo.
° Derecho adjetivo.
° Derecho administrativo.
° Derecho agrario.
° Derecho ambiental.
° Derecho civil.
° Derecho comunitario.
° Derecho consuetudinario.
° Derecho económico.
° Derecho fiscal.
° Derecho internacional.
Estos son algunos tipos de derechos que les pude
mencionar porque hay una infinidad de derechos que en algunos casos no sabemos
que existen, mucho menos sabemos como ponerlos en practica.
conceptodefinicion.de/derecho/
Características del derecho:
Se caracteriza por ser bilateral esto quiere decir que un
sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la
norma. Por ello se le otorga la cualidad de “imperativo atributivo” al derecho.
° Imperativo: que impone un deber de conducta. Por
ejemplo: pagar impuestos al estado.
° Atributivo: que faculta a una persona distinta del
obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.
Otra característica es el ser autárquico. En el sentido
de que el individuo pueda discrepar el contenido de la norma, pero le resulta
irrelevante al derecho si él esta de acuerdo o no, pues las personas no se las
han dado a sí misma.
El derecho es establecido por otro, una autoridad,
organismo o institución, denominadas en general legislador.
Otra característica es la alteridad del derecho, esta
idea implica que el derecho y las normas jurídicas que lo forman se refiere
siempre a la relación de un individuo para con otros.
m.monografias.com/trabajos61/derecho/derecho.shtml
Relación del Derecho y la Ética:
El derecho es un conjunto de normas que rigen la conducta
humana y en esto se parece con la ética, sin embargo difieren, entre las normas
propias de cada una. Existen 4 diferencias principales:
a. Las
normas de la ética son autónomas (cada individuo debe darse sus normas propias)
y las del derecho son heterónomas (las normas provienen de una autoridad
diferente al individuo).
b. Las normas de la ética rigen aspectos internos
y las del derecho aspectos externos.
c. Las
normas de la ética son unilaterales ( el cumplir una norma no implica el
surgimiento de un derecho o una obligación por parte de otras personas), y las
del derecho son bilaterales (una obligación implica un derecho y viceversa).
d. Las
normas de la ética son incoercibles (aún cuando tiene un carácter obligatorio,
generalmente no conllevan a un castigo explicito en el caso de no cumplirlas) y
las del derecho son coercibles (la autoridad que ha establecido ciertas normas
civiles, tiene la facultad de exigir el cumplimiento de ellas, y para llevar a
cabo dicha tarea, impone vigilancia, fiscalización, sanciones, etc.).
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