¿Que es el derecho y cual es la relación con la ética?



Derecho:
La palabra derecho de entiende como el conjunto de normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a fin de solventar cualquier conflicto de relevancia jurídica que origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción.
Tipos de derechos:
° Derecho efectivo o positivo.
° Derecho subjetivo.
° Derecho adjetivo.
° Derecho administrativo.
° Derecho agrario.
° Derecho ambiental.
° Derecho civil.
° Derecho comunitario.
° Derecho consuetudinario.
° Derecho económico.
° Derecho fiscal.
° Derecho internacional.
Estos son algunos tipos de derechos que les pude mencionar porque hay una infinidad de derechos que en algunos casos no sabemos que existen, mucho menos sabemos como ponerlos en practica.
                                  conceptodefinicion.de/derecho/
Características del derecho:
Se caracteriza por ser bilateral esto quiere decir que un sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la norma. Por ello se le otorga la cualidad de “imperativo atributivo” al derecho.
° Imperativo: que impone un deber de conducta. Por ejemplo: pagar impuestos al estado.
° Atributivo: que faculta a una persona distinta del obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.
Otra característica es el ser autárquico. En el sentido de que el individuo pueda discrepar el contenido de la norma, pero le resulta irrelevante al derecho si él esta de acuerdo o no, pues las personas no se las han dado a sí misma.
El derecho es establecido por otro, una autoridad, organismo o institución, denominadas en general legislador.
Otra característica es la alteridad del derecho, esta idea implica que el derecho y las normas jurídicas que lo forman se refiere siempre a la relación de un individuo para con otros.
               m.monografias.com/trabajos61/derecho/derecho.shtml
Relación del Derecho y la Ética:
El derecho es un conjunto de normas que rigen la conducta humana y en esto se parece con la ética, sin embargo difieren, entre las normas propias de cada una. Existen 4 diferencias principales:
a.    Las normas de la ética son autónomas (cada individuo debe darse sus normas propias) y las del derecho son heterónomas (las normas provienen de una autoridad diferente al individuo).
b.     Las normas de la ética rigen aspectos internos y las del derecho aspectos externos.
c.    Las normas de la ética son unilaterales ( el cumplir una norma no implica el surgimiento de un derecho o una obligación por parte de otras personas), y las del derecho son bilaterales (una obligación implica un derecho y viceversa).
d.    Las normas de la ética son incoercibles (aún cuando tiene un carácter obligatorio, generalmente no conllevan a un castigo explicito en el caso de no cumplirlas) y las del derecho son coercibles (la autoridad que ha establecido ciertas normas civiles, tiene la facultad de exigir el cumplimiento de ellas, y para llevar a cabo dicha tarea, impone vigilancia, fiscalización, sanciones, etc.).

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